La aplicación por parte del IRS de las reglas sobre Información de Cuentas Bancarias Extranjeras puede sorprender a quienes no son ciudadanos norteamericanos
Por Keith Gercken
A los ciudadanos norteamericanos generalmente se les requiere que entreguen un informe anual al Servicio de Ingresos Internos (Internal Revenue Service, IRS por sus siglas en inglés) en el que se indique cualquier beneficio o autoridad de firma sobre cuentas bancarias o financieras fuera de los EE. UU. Esta información debe entregarse usando la Forma TD F 90-22.1, al que generalmente se le llama “FBAR” (Foreign Bank Account Report, informe de cuenta bancaria extranjera).